
[983]
CAPITULO XLVI
RENTA DE SOLARES.
RENTA MINERA. PRECIO DE LA TIERRA [a]
Dondequiera que exista renta, la renta diferencial su
presenta por doquier y obedece siempre las mismas leyes que la renta diferencial
agrícola. En todas partes donde las fuerzas naturales sean monopolizables y le
aseguren al industrial que las emplea una plusganancia trátese de una caída de
agua, de una fructífera mina, de aguas abundantes en pesca o de un solar bien
ubicado, la persona cuyo título sobre una parte del globo terráqueo la
caracteriza como propietario de esos objetos naturales le intercepta esa
plusganancia, en la forma de renta, al capital actuante. En lo que respecta a la
tierra con fines de edificación, Adam Smith ha explicado cómo el fundamento de
su renta, al igual que la de todos los predios no agrícolas, está regulado por
la renta agraria propiamente dicha. (Libro I, capítulo XI, 2 y 3.) Esta renta se
caracteriza, en primer lugar, por la influencia preponderante que la ubicación
ejerce en este caso sobre la renta diferencial (muy importante, por ejemplo, en
el caso de la viticultura y de los solares en las grandes ciudades); en segundo
lugar, por el carácter palpable de la total pasividad del propietario, cuya
actividad consiste solamente (sobre todo en el caso de las minas) en explotar
los progresos de la evolución social, a la cual en nada contribuye y en la que
nada arriesga, como sí lo hace el capitalista industrial, y finalmente por el
predominio del precio monopolista en muchos casos, en especial de la más
desvergonzada [984] explotación de la miseria (pues la miseria es para
los alquileres una fuente más lucrativa de lo que jamás lo fueron para España
las minas de Potosí [1] [2] Francis Newman, "Lectures on Political Economy", Londres,
1857. 984.), y el poder descomunal que confiere esa propiedad de la tierra
cuando, unida en unas mismas manos con el capital industrial, permite
prácticamente a éste excluir de la tierra, en cuanto morada, a los obreros en
lucha por su salario [3]a La referencia entre paréntesis, (no entre llaves), es
obviamente un agregado de Engels.. Una parte de la sociedad le reclama aquí a la
otra un tributo a cambio del derecho de habitar la tierra, así como en general
la propiedad de la tierra implica el derecho de los propietarios a explotar el
cuerpo del planeta, sus entrañas, el aire, y con ello la conservación y
desarrollo de la vida. No sólo el incremento de la población, y con él la
creciente necesidad de viviendas, sino también el desarrollo del capital fijo
que se incorpora a la tierra o echa raíces en ella, descansa sobre ella, como
todos los edificios industriales, ferrocarriles, almacenes, edificios fabriles,
depósitos, etc. acrecienta necesariamente la renta edilicia. Ni siquiera con la
buena voluntad de Carey es posible confundir aquí entre el alquiler, en la
medida en que es interés y amortizacíon del capital invertido en el edificio, y
la renta por el mero suelo, especialmente si, como ocurre en Inglaterra, el
terrateniente y el especulador en edificaciones son personas totalmente
diferentes [4]. Aquí entran en consideración dos elementos: por un lado, la
explotación de la tierra a los fines de la reproducción o extracción, y por el
otro el espacio que se requiere como elemento de cualquier producción y de toda
acción humana. Y en ambos sentidos la propiedad de la tierra exige su tributo.
La demanda de terreno para edificar eleva el valor del suelo como espacio y
fundamento, mientras que en virtud de ello aumenta al mismo tiempo la demanda de
elementos del cuerpo del planeta que sirven como materiales de construcción [5] [6].
[985] En las ciudades en rápido progreso, en
especial allí donde la edificación se practica, como en Londres, a la manera
fabril, es la renta del suelo y no el propio edificio lo que constituye el
objeto básico propiamente dicho de la especulación inmobiliaria, de lo cual
hemos dado un ejemplo en el tomo II, capítulo XII, pp. 215, 216 [b], en las declaraciones de un especulador londinense en
edificaciones, Edward Capps, ante la comisión bancaria de 1857. Dice allí bajo
el nº 5435: "Creo que un hombre que quiera progresar en el mundo, difícilmente
pueda esperar hacerlo ateniéndose a un comercio formal (fair trade)... además,
deberá dedicarse necesariamente a las construcciones especulativas, y ello en
gran escala [...]; pues el empresario obtiene muy poca ganancia de los propios
edificios, ya que obtiene sus ganancias principales de las rentas de la tierra
acrecentadas. Supongamos que se haga cargo de una porción de terreno, por la
cual abona anualmente £ 300; si erige en ella la clase adecuada de edificios con
arreglo a un cuidadoso plan de construcción, podrá obtener anualmente £ 400 ó £
450, y su ganancia consistiría más bien en la renta acrecentada de la tierra de
£ 100 ó £ 150 anuales que en la ganancia obtenida de los edificios, que [....]
en muchos casos apenas toma en consideración [c]". A lo que no debe olvidarse que, una vez expirado el contrato
de arrendamiento, las más veces de 99 años, la tierra, con todos los edificios
que se encuentren sobre ella y con la renta del suelo, que en el ínterin se ha
elevado las más veces al doble o al triple, retorna nuevamente del especulador
en construcciones o de sus sucesores legales al último terrateniente
originario.
La renta minera propiamente dicha está determinada exactamente de
la misma manera que la renta agrícola. "Existen algunas minas cuyo producto
apenas si alcanza para pagar el trabajo y para reponer el capital invertido en
ellas junto con la ganancia habitual. Las mismas arrojan algunas ganancias para
el empresario, pero no así una renta para el terrateniente. Sólo éste puede
explotarlas con ventaja, ya que, como empresario de sí mismo obtiene la
[986] ganancia habitual a partir de su capital invertido. Muchas minas de
carbón escocesas se explotan de esta manera, y no pueden explotarse de ninguna
otra. El terrateniente no le permite a nadie más explotarlas sin pagar renta,
pero nadie puede abonarla por ellas." (A. Smith, libro I, capítulo XI, 2.)
Es
necesario distinguir si la renta deriva de un precio monopólico porque existe un
precio monopólico de los productos o del mismo suelo, independiente de ella, o
si los productos se venden a un precio monopólico porque existe una renta.
Cuando hablamos de precio monopólico nos referimos en general a un precio
únicamente determinado por la apetencia de compra y la capacidad de pago de los
compradores, independientemente del precio determinado por el precio general de
producción así como por el valor de los productos. Un viñedo que produce vino de
calidad excepcional, un vino que sólo pueda producirse en cantidades
relativamente exiguas, tiene un precio monopólico. A causa de este precio
monopólico, cuyo excedente por encima del valor del producto está exclusivamente
determinado por la riqueza y la afición de los bebedores distinguidos, el
vitivinicultor realizaría una importante plusganancia. Esta plusganancia, que en
este caso emana de un precio monopólico, se transforma en renta y cae de tal
manera en poder del terrateniente, en razón de sus títulos sobre esta porción
del planeta, dotada de atributos especiales. En consecuencia, en este caso el
precio monopólico crea la renta. A la inversa, la renta crearía el precio
monopólico si los cereales se vendiesen no sólo por encima de su precio de
producción, sino por encima de su valor, como consecuencia de la limitación que
impone la propiedad de la tierra a la inversión de capital, no generadora de
renta, en tierras incultas. El hecho de que sea sólo el título de un número de
personas sobre la propiedad del globo terráqueo lo que las capacita para
adueñarse de una parte del plustrabajo de la sociedad en calidad de tributo, y
de apropiarse de él en una medida que crece constantemente con el desarrollo de
la producción, es cosa que queda oculta por la circunstancia de que la renta
capitalizada es decir, precisamente ese tributo capitalizado aparece como precio
del suelo, y que por ende éste pueda ser vendido, como cualquier otro artículo
comercial. Por ello, para el comprador su derecho a percibir la renta
[987] no se le aparece como obtenido gratuitamente, y obtenido
gratuitamente sin el trabajo, el riesgo y el espíritu de empresa del capital,
sino como pagado a cambio de su equivalente. Como ya lo señaláramos
anteriormente, la renta sólo se le aparece como un interés del capital con el
cual ha comprado la tierra, y con ella el derecho a percibir la renta.
Exactamente de la misma manera, a un esclavista que ha comprado un negro, le
parece que su propiedad del nero ha sido adquirida no en virtud de la
institución de la esclavitud como tal, sino por la compra y venta de mercancía.
Pero la venta no crea el título mismo sólo lo transfiere. El título debe existir
antes de que pueda vendérselo, pero así como una venta no puede crear dicho
título, tampoco puede crearlo una serie de tales ventas, su repetición
constante. Lo que lo ha creado han sido las condiciones de producción. Una vez
llegadas éstas a un punto en el cual deben metamorfosearse, desaparece la fuente
material del título, económica e históricamente justificada, emanada del proceso
de la generación social de vida, y de todas las transacciones fundadas en aquél.
Desde el punto de vista de una formación económico-social superior, la propiedad
privada del planeta en manos de individuos aislados parecerá tan absurda como la
propiedad privada de un hombre en manos de otro hombre. Ni siquiera toda una
sociedad, una nación o, es más, todas las sociedades contemporáneas reunidas,
son propietarias de la tierra. Sólo son sus poseedoras, sus usufructuarias, y
deben legarla mejorada, como boni patres familias [buenos padres de
familia], a las generaciones venideras.
En la siguiente investigación del
precio del suelo hacemos abstracción de todas las fluctuaciones de la
competencia, de todas las especulaciones de tierras o también de la pequeña
propiedad de la tierra, en la cual ésta constituye el instrumento principal de
los productores, que por ende deben comprarla a cualquier precio.
I)
El precio del suelo puede aumentar sin que aumente la renta:
1) en virtud de
la mera baja del tipo de interés, lo que hace que la renta se venda más cara y
por consiguiente aumente la renta capitalizada, el precio de la tierra;
2)
porque aumenta el interés del capital incorporado al suelo.
II) El
precio de la tierra puede aumentar porque aumenta la renta.
La renta puede
aumentar porque asciende el precio del producto agrícola, en cuyo caso siempre
aumenta la tasa de la renta diferencial, sin que importe si la renta en el peor
selo cultivado es grande, pequeña, o no existe en absoluto. Entendemos por tasa
la relación entre la parte del plusvalor que se transforma en renta y el capital
adelantado que produce el producto agrícola. Esto es diferente de la relación
entre el plusproducto y el producto global, pues el producto global no comprende
todo el capital adelantado, esto es, no comprende el capital fijo que subsiste
al lado del producto. En cambio está comprendido el hecho de que en todos los
tipos de suelo que devengan renta diferencial, una parte creciente del producto
se transforma en plusproducto excedentario. En el suelo peor, el aumento de
precio del producto agrícola crea por primera vez la renta, y por ende el precio
del suelo.
Pero la renta puede aumentar, asimismo, sin que aumente el precio
del producto agrícola. Este puede permanecer constante, o inclusive
disminuir.
Si dicho precio permanece constante, la renta sólo puede aumentar
(abstracción hecha de precios monopólicos), bien porque en el caso de inversión
de capital de igual magnitud en las tierras antiguas, se cultivan tierras nuevas
de mejor calidad, pero que sólo son suficientes para cubrir la demanda
acrecentada, de modo que el precio regulador de mercado permanece inalterado. En
tal caso no aumenta el precio de las tierras antiguas, pero para el nuevo suelo
incorporado al cultivo aumenta el precio por encima del precio de las
primeras.
O bien aumenta la renta porque, manteniéndose constantes el
rendimiento relativo y el precio de mercado, aumenta la masa del capital que
explota el suelo. Por ello, pese a que la renta permanece constante en
proporción al capital adelantado, se duplica, por ejemplo, su masa, porque se ha
duplicado el propio capital. Puesto que no se ha operado una baja del precio, la
segunda inversión de capital arroja una plusganancia, al igual que la primera,
plusganancia ésta que, una vez expirado el plazo de arrendamiento, se transforma
asimismo en renta. En este caso [989] aumenta la masa de la renta porque
aumenta la masa del capital que genera rentas. La afirmación de que diversas
inversiones sucesivas de capital en una misma zona de tierras sl pueden generar
una renta en la medida en que su rendimiento es desigual y en que por ello se
origina una renta diferencial, desemboca en la afirmación de que, si se
invierten dos capitales de £ 1.000 cada uno en dos campos de igual rendimiento,
sólo uno de ellos podría arrojar renta, a pesar de pertenecer ambos campos a una
buena clase de tierras, a las que arrojan renta diferencial. (Por ello, el monto
global de las rentas, la renta global de un país aumenta con la masa de la
inversión de capital, sin que aumente necesariamente el precio de la porción
individual de terreno, o la tasa de renta, o la masa de la renta en las diversas
porciones de terreno; en este caso, el monto global de las rentas se acrecienta
con la expansión espacial del cultivo. Esto puede estar ligado, inclusive, con
la disminución de la renta en las diversas fincas.) De otro modo, esta
afirmación desembocaría en esta otra: que la inversión de capital en dos
porciones diferentes de terreno contíguas obedecería a otras leyes que la
inversión sucesiva de capital en la misma porción de terreno, mientras que la
renta diferencial se deriva precisamente de la identidad de la ley en ambos
casos, del mayor rendimiento de la inversión de capital tanto en el mismo campo
como en diversos campos. La única modificación que existe aquí, y que se pasa
por alto, es que la inversión sucesiva de capital, en su aplicación a tierras
especialmente diferentes, se topa con la barrera de la propiedad del suelo, caso
éste que no se da en las inversiones sucesivas de capital en el mismo suelo. De
ahí también el efecto opuesto, en virtud del cual estas diferentes formas de
inversión se mantienen, en la práctica, en limitación recíproca. Nunca se
presenta aquí una diferencia del capital. Si la composición del capital
permanece constante y otro tanto ocurra con la tasa del plusvalor, la tasa de
ganancia permanece inalterada, de modo que, al duplicarse el capital, se duplica
la masa de la ganancia. Del mismo modo, bajo las condiciones supuestas permanece
constante la tsa de renta. Si un capital de £ 1.000 arroja una renta de
x, bajo las circunstancias supuestas un capital de £ 2.000 arrojará una
renta de 2 x. Pero calculado con referencia a la superficie del suelo,
que ha permanecido inalterada ya que, [990] conforme al supuesto, en el
mismo campo trabaja el doble de capital , como consecuencia del aumento en la
masa de la renta también se habrá elevado su nivel. El mismo acre que reportaba
una renta de £ 2, devengará ahora £ 4 [7] [8].
La relación entre una parte del plusvalor, o sea entre la
renta dineraria pues el dinero es la expresión autónoma del valor , y el suelo
es, de por sí, absurda e irracional; pues las que se miden entre sí son aquí
magnitudes inconmensurables: un valor de uso determinado, un terreno de tantos y
cuantos pies cuadrados, por un lado, y valor, y en especial plusvalor, por el
otro. De hecho, esto no expresa sino que, bajo las condiciones dadas, la
propiedad de esos pies cuadrados de suelo capacitan al terrateniente para
interceptar una cantidad determinada de trabajo impago, realizado por el capital
que goza en esos pies cuadrados como un cerdo entre las papas (en el manuscrito
se encuentra aquí entre paréntesis, pero testado: Liebig). Prima facie,
sin embargo, la expresión es la misma que si se pretendiese hablar de la
relación entre un billete de cinco esterlinas y el diámetro de la tierra. Pero
las mediaciones de las formas irracionales en las que se presentan y se
compendian prácticamente determinadas condiciones económicas, nada les importan
a los agentes prácticos de estas condiciones en su quehacer cotidiano; y puesto
que se hallan habituados a moverse dentro de ellas, su razón [991] no se
escandaliza por ellas en lo más mínimo. Una total contradicción no tiene en
absoluto nada de misterioso para ellos. Se encuentran tan a sus anchas dentro de
formas de manifestación que, enajenadas del contexto interno y tomadas
aisladamente son absurdas, como un pez en el agua. Aquí tiene vigencia lo que
dice Hegel con referencia a ciertas fórmulas matemáticas, esto es, que lo que la
razón humana corriente considera irracional, es lo racional, y que su
racionalidad es la propia irracionalidad [9].
Considerado con referencia a la propia superficie del
suelo, el aumento en la masa de la renta se expresa por entero como un aumento
en la tasa de la renta, y de ahí la situación embarazosa que se produce cuando
las condiciones que explicarían un caso se hallan ausentes en otro.
Pero el
precio del suelo también puede aumentar incluso cuando disminuye el precio del
producto de la tierra.
En ese caso puede haberse incrementado, por ulterior
diferenciación, la renta diferencial, y por ende el precio del suelo, de las
tierras mejores. O bien si no es éste el caso, con un incremento de la fuerza
productiva del trabajo puede haber disminuido el precio del producto agrícola,
de modo que, sin embargo, el incremento de la producción lo compense con creces.
Supongamos que el quarter haya costado 60 chelines. Si en el mismo acre y
con el mismo capital se produjeran 2 quarters en lugar de uno, y el
quarter bajase a 40 chelines, 2 quarters proporcionarían 80
chelines, de modo que el valor del producto del mismo capital habría aumentado,
en el mismo acre, en un tercio, a pesar de que el precio por quarter se
había reducido en un tercio. Al considerar la renta diferencial hemos expuesto
cómo esto es posible sin que el producto se venda por encima de su precio de
producción o su valor. De hecho, sólo es posible de dos maneras. Una es que un
suelo de mala calidad se ponga fuera de competencia, pero el precio del suelo
mejor aumente cuando aumenta la renta diferencial, es decir que el mejoramiento
general no influya de manera uniforme sobre los diversos tipos de suelo. O bien
que en el suelo peor el mismo precio de producción (y el mismo valor, en caso de
que se abone renta absoluta), se exprese, a causa del incremento en la
productividad del trabajo, en una mayor masa de producto. El producto sigue
representando el mismo valor, [] pero el precio de sus partes alícuotas
ha disminuido, mientras que la cantidad de éstas ha aumentado. Si se emplea el
mismo capital, esto es imposible; pues en ese caso el mismo valor se expresa
siempre en cualquier cantidad de producto que se quiera. Pero sí es posible si
se ha efectuado una adición de capital para yeso, guano, etc., en suma, para
mejoras cuyos efectos se extienden a lo largo de varios años. La condición es
que, aunque disminuya el precio del quarter individual, no lo haga en la
misma proporción en que aumenta el número de los quarters.
III)
Estas diferentes condiciones para el aumento de la renta, y por consiguiente del
precio de la tierra en general o de determinados tipos individuales de suelo
pueden competir en parte, mientras que por otra parte se excluyen recíprocamente
y sólo pueden operar en forma alternada. Pero de lo expuesto se infiere que no
es posible deducir sin más de un aumento del precio de la tierra, un aumento de
la renta, ni que de un aumento de la renta, que siepre trae aparejado un aumento
del precio de la tierra, pueda concluirse sin más un aumento de los productos
agrícolas [10] [ Nota del Editor ] (Tl) Hippolyte Passy, "De la
rente du sol", en Diccionnaire de l'économie politique, t. II, París. 1854, p.
511..
En lugar de volver sobre las verdaderas causas naturales del
agotamiento del suelo, que por lo demás a todos los economistas que escribieron
acerca de la renta diferencial les eran desconocidas a causa del estado de la
química agrícola en su época, se ha recurrido al auxilio de la concepción
superficial según la cual no es posible invertir cualquier masa de capital que
se quiera en un campo especialmente limitado, tal como, por ejemplo, la
"Edinburgh Review" [d] aducía contra Richard Jones que no se podía alimentar a toda
Inglaterra mediante el cultivo de Soho Square [11]. Aunque se considera esto como una desventaja particular de
la agricultura, lo cierto es precisamente lo contrario. Aquí pueden efectuarse
fructíferamente [993] sucesivas inversiones de capital porque la propia
tierra obra como instrumento de producción, caso que no se da, o sólo se da
dentro de límites muy estrechos, en una fábrica, en la cual la tierra sólo actúa
como sustrato, como lugar, como base espacial de operaciones. Por cierto que se
puede concentrar una gran instalación productora como lo hace la gran industria
en un lugar pequeño, en comparación con los oficios artesanales, parcelados.
Pero dada la fase de desarrollo de la fuerza productiva, siempre se requiere un
espacio determinado, y la construcción de altos también tiene sus limitaciones
prácticas determinadas. Por encima de éstas, la expansión de la producción exige
asimismo la ampliación del espacio de terreno. El capital fijo invertido en
máquinas, etc., no mejora por el uso, sino que, por el contrario, se desgasta. A
causa de nuevos inventos también es posible incorporar aquí mejoras
individuales, pero dando por supuesto el desarrollo de la fuerza productiva, la
máquina sólo puede empeorar. En el caso de un rápido desarrollo de la fuerza
productiva, toda la vieja maquinaria debe ser sustituida por otra más ventajosa,
es decir que debe perderse. En cambio la tierra, correctamente tratada, mejora
de continuo. La ventaja de la tierra, consistente en que sucesivas inversiones
de capital pueden reportar mejoras sin que se pierdan las anteriores, implica al
mismo tiempo la posibilidad de la diferencia de rendimiento entre estas
sucesivas inversiones de capital.
[a]
a Ningún título ni censura el manuscrito. (Cfr. R 1382/2.)
[1] 38 Laing, Newman {222}.
[2] Samuel Laing, "National Distress, its Causes and Remedies",
Londres, 1844. (Véase en el tomo I, vol. 3, p. 822. subnota 115, una cita de
esta misma obra de Laing sobre las terribles condiciones habitacionales de la
clase obrera).
[3] Crowlington strike [huelga de Crowlington]. Engels, "Lage der
arbeitenden Klasse in England", p. 307. (Edición de 1892, p.
259.)(a)
[4] Alquiler, renta. Esta crítica de Marx a la confusión de
Carey entre alquiler (en alemán Miete, Hausmiete) y renta
(Rente, Grundrente) también se dirige, póstumamente, a los traductores de
Marx al español que las más de las veces vierten ambos términos alemanes por uno
solo: "renta" (algunos traductores simplifican, o complican, aun más las cosas
al verter también Einkommen [ingresos]. Einnhamen [entradas] y
Revenue [rédito] por la misma palabra castellana, "renta"). Véase
igualmente cuatro páginas más atrás (979): "De la misma manera podría
demostrarse que las casas últimamente construidas no arrojan renta
[Rente] fuera del alquiler propiamente dicho [eigentlichen Mietzins] por
el edificio. El hecho es que arrojan renta ya antes de devengar
alquiler, porque a menudo están desocupadas por mucho tiempo" (subrayados
nuestros P.S.). En inglés la confusión es normal, por así decirlo, ya que un
solo término (rent) designa tanto la renta como el alquiler: cuando la
distinción es forzosa se habla, como por ejemplo en Tl 774 al verter este
pasaje, de "house-rent" por un lado y por otro de "rent for the mere land".
(Apuntemos aquí, entre paréntesis, que un enemigo encarnizado de lo que él
denomina la "angliparla", Ricardo Alfaro, en su muy útil "Diccionario de
anglisismos" adopta una actitud indebidamente tolerante respecto al uso de
"renta" por alquiler. No deja de ser interesante, sin embargo, que los tres
casos que aduce Alfaro sean otras tantas pruebas en contrario de su tesis, ya
que en ninguno de ellos la palabra "renta" se aplica al pago por el uso de una
simple casa.) 984.
[5] 40 "La pavimentación de las calles de Londres ha permitido que
los propietarios de algunas rocas desnudas de la costa escocesa extrajesen una
renta de un suelo pétreo que anteriormente era inútil en absoluto." {224}
Adam Smith, libro I, capítulo XI, 2.
[6] Marx cita "Wealth of Nations". En la edición de Wakefield,
Londres, 1835-39, el pasaje figura en la p. 33 del vol. 2 (cfr. ES, 8. p. 157).
984.
[b] b Véase, en la presente edición, t. I, vol. 4, pp.
283-284.
[c] c De los extractos de deposiciones ante la Comisión Bancaria
efectuados por Marx en las pp. 439-440 del manuscrito I, Engels sólo ha
conservado estas declaraciones de Capps. (Véase R 1384/1.)
[7] Uno de los méritos de Rodbertus sobre cuyo importante trabajo
acerca de la renta volveremos en el tomo IV {225} es el de haber
desarrollado este punto. Sólo que comete el error de suponer, en primer término,
que en el capital el aumento de la ganancia se expresa siempre también como
aumento del capital, de modo que al acrecentarse la masa de las ganancia la
relación permanecería constante. Sin embargo, esto es un error, pues al
modificarse la composición del capital, a pesar de permanecer constante la
explotación del trabajo, la tasa de ganancia puede aumentar precisamente porque
el valor proporcional de la parte constante del capital disminuye en comparación
con la parte variable. En segundo término comete el error de considerar esta
relación entre la renta dineraria y una porción de terreno cuantitativamente
determinada, de un acre, por ejemplo, como algo supuesto en general por la
economía clásica en sus investigaciones acerca del alza o la baja de la renta en
general. Esto es nuevamente un error. La economía clásica siempre trata a la
tasa de renta en la medida en que considera a la renta en su forma natural con
referencia al producto; y en tanto la considera como renta dineraria, lo hace
con referencia al capital adelantado, porque esas son, de hecho, las expresiones
racionales.
[8] Este "importante trabajo de Rodbertus" es la tercera "carta"
de sus "Sociale Briefe an von Kirchmann", Berlín, 1851. Nótese cómo Marx (¿o
Engels?) sigue denominando "tomo IV" ("Buch IV") de "El capital" lo que hoy
conocemos bajo el título empleado por Karl Kautsky, su primer editor: "Teorías
del pluvalor". Marx dedica allí un gran espacio (véase MEW, t. XXVI, parte II.
pp. 7-106. 120-122. 145-157 y pássim) a la discusión de las tesis de Rodbertus.
990.
[9] Georg Hegel, "Encyclopädie der philosophischen Wissenschaften
im Grundrisse", parte 1, "Die Logik", en Werke, t. VI, Berlín, 1840, p.
404. 991.
[10] Acerca de la baja de los precios de la tierra con aumento de
la renta, véase Passy.
[d] d En la 1ª edición, "Westminster Review".
[11] (TI) "The Edinburgh Review", t. LIV, agosto-diciembre
de 1831, pp. 94-95. [Soho Square, en el barrio londinense del Soho, era a
mediados del siglo XIX una zona residencial elegante.] 992.
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